EJERCICIO Nº 1. Extensión máxima de respuesta: una carilla – Valor:
3 puntos
Lea atentamente el
siguiente caso y enumere las afectaciones a garantías constitucionales
estudiadas durante el curso detectadas, explicando brevemente los motivos de
cada afectación. Si encuentra que su respuesta supera la extensión máxima
permitida, revise su poder de síntesis y/o limítese al desarrollo de las
afectaciones que entienda más importantes (una elección razonable también será
parámetro de evaluación).
El 20 de diciembre de
2019 Alberto Pérez pedaleaba en su bicicleta por la calle, cuando un hombre lo
empujó, provocando que perdiera el equilibro y cayera al suelo. Según relató,
ese mismo hombre tomó la bicicleta y se fue del lugar en ella, perdiéndolo de
vista.
Dio aviso a un
policía que justo pasaba por la zona, quien a la vez dio aviso radial del evento.
Aproximadamente dos
minutos después, un móvil policial encontró a Juan Chamorro a bordo de la
bicicleta. Juan fue detenido. A su debido tiempo, la víctima reconoció a la
bicicleta como propia e identificó a Juan como a su agresor en un
reconocimiento en fila de personas.
El juez de garantías impuso su encarcelamiento preventivo
argumentando que existían riesgos procesales pues, al contar el acusado con
antecedentes penales (dos condenas anteriores, una por robo en poblado y en banda y otra por robo simple), la pena a recaer sería de efectivo cumplimiento y, por lo
tanto, Juan tendría motivos para fugarse.
En abril de 2020, la
defensa de Chamorro pidió el cese de su prisión preventiva, alegando que se
había agotado el plazo ordinario que el ordenamiento procesal contempla para la
investigación en casos con personas preventivamente privadas de libertad (que
es de cuatro meses) y que, además, la detención cuadruplicaba al mínimo de la
escala penal legalmente prevista para el delito imputado (robo simple, art. 164
CP).
Al correrse vista a
la Fiscalía, la fiscal se opuso argumentando que estimaría para el caso una
pena de un año de prisión. Valoró para ello, como agravante, a la particular
violencia ejercida contra la víctima durante el robo y la “reiterancia
delictiva” demostrada por el acusado.
El juez rechazó el
pedido de cese de medida de coerción solicitado, reiterando los argumentos brindados
al momento de imponerse el encarcelamiento preventivo y agregando que la
Fiscalía había estimado fundadamente una pena que superaba ampliamente al plazo
de cuatro meses de encarcelamiento preventivo sufrido hasta el momento por el
acusado.
EJERCICIO Nº 2. Extensión
máxima de respuesta: media carilla – Valor: 3 puntos
En 2019 entró en vigencia el sistema de Juicio por Jurados de la
provincia de Río Negro. En marzo de 2020 se llevó a cabo el primer juicio por
jurados de esa Provincia.
El Sr. Ricardo Soto ha sido detenido en noviembre de 2019, acusado del
delito de homicidio agravado por alevosía (art. 80 inc. 2 CP), que es uno de los delitos para los que la ley vigente establece el juzgamiento por jurados.
A partir de la emergencia sanitaria en Argentina producto del virus COVID-19, el 30/06/2020 la legislatura de Río Negro aprobó la Ley 5442, que
suspendió la aplicación del sistema de jurados por seis meses y estableció que,
durante ese lapso, todos los casos serán juzgados por tribunal técnico (sin
jurados).
Aplicando esa ley, en el caso del Sr. Soto fijaron fecha de inicio del
juicio oral para el 07/09/2020, con integración de un tribunal de tres jueces
técnicos (sin jurados).
Usted está a cargo de la defensa técnica del acusado. Efectuaría algún planteo? Y
en todo caso, qué plantearía?
EJERCICIO Nº 3. Extensión
máxima de respuesta: media carilla – Valor: 2 puntos
Seleccione dos de los principios procesales estudiados (esto es, de la
segunda parte). Vincúlelos, desarrollando la relación que esos principios
tienen entre sí.
EJERCICIO Nº 4. Valor: 2 puntos
en total (cada respuesta correcta suma 0,25, cada respuesta incorrecta no suma)
Conteste si las siguientes premisas son verdaderas (V) o falsas (F):
a. De acuerdo a la derivación del principio de inocencia conocida como onus probandi, la carga de la prueba de
los hechos imputados recae en la acusación, pero si la defensa opta por una
defensa afirmativa (esto es, por introducir un relato diverso de los hechos),
también es alcanzada por esa exigencia:
b. El principio de legalidad prohíbe al juez efectuar tanto
interpretaciones analógicas in malam
partem, como interpretaciones extensivas, pero no prohíbe interpretaciones
analógicas o extensivas in bonam partem:
c. Si en un caso entiende el juez natural del caso, y se respeta su
independencia, entonces se encuentra a salvo la garantía de imparcialidad:
d. Si el tribunal revisor no está de acuerdo con la valoración de las
pruebas del tribunal de juicio que derivó en una sentencia absolutoria,
cualquier afectación al principio ne bis
in idem se neutraliza si, en lugar de reenviarse el caso para la
realización de un nuevo juicio, es el tribunal revisor quien asume competencia
positiva y condena:
e. De acuerdo al derecho al “doble conforme” consagrado por el art.
8.2.h CADH, el Estado debe garantizar una vía de impugnación contra la condena,
y si un Estado confiere legislativamente a la persona inculpada una tercera vía
ordinaria de impugnación (es decir, un nuevo recurso amplio contra la decisión
adversa del tribunal revisor), esa alternativa sería inconstitucional por
apartarse del texto de la Convención:
f. El derecho de defensa nace con el primer acto de incriminación
(imputación en sentido laxo), aún antes de la formalización de una acusación en
sede judicial:
g. La intangibilidad de las remuneraciones de los jueces no es un
privilegio personal de los jueces sino una herramienta que busca proteger a
todas las personas:
h. Una de las derivaciones del principio pro homine implica que, ante la colisión de dos normas, debe
aplicarse la más favorable al acusado, siempre y cuando ambas normas posean
idéntica jerarquía: